Tipo I

Son los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo, a la salud física o mental (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).

De este tipo de situaciones hacen parte todos aquellos comportamientos y actitudes de los estudiantes que contribuyen a desestabilizar el ambiente de estudio, convivencia pacífica y el normal desarrollo de las actividades de la institución, generando incomodidad o molestia, pero sin afectar significativamente al infractor o a los demás miembros de la comunidad educativa, como tampoco a su proceso académico. Las situaciones de tipo I se caracterizan porque pueden ser fácilmente resarcibles. La reincidencia se verá reflejada en un desmejoramiento en la valoración de comportamiento.
  1. Emplear vocabulario inapropiado y actitudes hostiles en la interrelación con sus pares, docentes y demás miembros de la comunidad educativa.
  2. Colocar sobrenombres o apodos a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  3. Levantar la voz imponiendo ideas o propuestas a la fuerza.
  4. Cruce de palabras en estado de enfado donde no es posible llegar a acuerdos.
  5. Abandono del trabajo en equipo o en grupo ocasionados por desacuerdos.
  6. Hacer comentarios descomedidos que pueden ocasionar rencillas.
  7. Enfrentamientos agresivos leves pero que pueden crecer en intensidad.
  8. Los atrasos e inasistencia casual a clase sin justificación.
  9. El no portar el uniforme de acuerdo con los horarios y lineamientos establecidos.
  10. Utilizar sin permiso o esconder útiles escolares, prendas de vestir y/o alimentos de sus compañeros.
  11. Presentación personal inadecuada y poco higiénica.
  12. El incumplimiento con tareas y trabajos asignados.
  13. La perturbación o interrupción inoportuna del entorno de aprendizaje y/o actos escolares colectivos a través de conductas disruptivas.
  14. Hacer uso del celular y artefactos de tipo tecnológico sin autorización en horas de clase o en actividades programadas por la Institución
  15. Realizar actividades diferentes a la clase que se está desarrollando.
  16. Consumir comestibles, chicles o bebidas durante el desarrollo de las clases y actividades institucionales.
  17. Salir de clase o quedarse fuera de clase sin el respectivo permiso del docente.
  18. No presentar justificación alguna por inasistencia a clases.
  19. Propiciar desorden en las formaciones generales y los actos solemnes a través de burlas o mofas cuando los docentes o compañeros hacen uso de la palabra.
  20. Ingresar a otro salón diferente al asignado sin justa causa.
  21. Retirar de las aulas de clase pupitres, sillas y demás mobiliario sin autorización.
  22. Escribir, manchar o deteriorar los pupitres, muros, puertas, paredes de los salones, baños y demás instalaciones locativas.
  23. Arrojar basura al piso o fuera de los recipientes destinados para su recolección.
  24. Malgastar el agua en los lugares de suministro (baños, laboratorios) y el uso inadecuado de este servicio.
  25. Correr imprudentemente por los pasillos y áreas comunes de la Institución.
  26. Cometer alguna imprudencia o daño dentro de las dependencias de la Institución.
  27. Demostrar expresiones románticas exageradas dentro de la Institución.
  28. Inadecuado comportamiento y mal uso de los elementos del restaurante escolar.
  29. Realizar celebraciones de cumpleaños utilizando agua, huevos, harina u otros elementos dentro y fuera de la Institución.
  30. Faltar continuamente a clases de manera injustificada.
  31. La venta de comestibles y otros elementos en beneficio personal o del grupo sin autorización previa de rectoría.
  32. No entregar a tiempo citaciones y demás comunicaciones enviadas por la Institución a los padres de familia.
  33. Incumplir citas con directivos, educadores u orientador escolar.
  34. Salir de su casa para la Institución y no presentarse ese día a cumplir con la jornada escolar sin el conocimiento de su familia.
  35. Esconder o destruir los útiles o trabajos académicos de sus compañeros para evitar que los entreguen en las fechas establecidas.
  36. Insubordinación en forma reiterativa a docentes y directivos desacatando las orientaciones dadas.
  37. El incumplimiento de los compromisos y sanciones impuestas durante el proceso disciplinario.
  38. Conectarse a las actividades virtuales (video clases, charlas, conferencias, etc.), simplemente para simular su participación.
  39. Realizar acciones para sabotear las actividades virtuales (video clases, charlas, conferencias, etc.) interrumpiendo su normal desarrollo.

Protocolo de atención situación tipo I

  1. Acercamiento: En la coordinación u orientación escolar se hará la recepción de la información correspondiente a la denuncia de la situación, diligenciando el formato de prevención y mitigación de la violencia escolar y se convocará a una reunión inmediata con las partes afectadas, dando prioridad a la atención de la víctima.
  2. Intervención: Se realizará un encuentro de mediación y concertación entre las partes involucradas en la situación con la mediación del coordinador, comité de mediación y si es necesario el orientador escolar, donde cada una de las partes expone su punto de vista atendiendo las normas del respeto en el uso de la palabra. Se inicia un proceso de concertación, donde se establecen los compromisos y reparaciones y se llega a un acto de perdón y reconciliación. Para constancia se deja firmada un acta que defina los acuerdos alcanzados.
  3. Acto reparador: En el acta de acuerdo debe quedar determinadas las acciones restaurativas para reparar los daños causados y el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
  4. Seguimiento: El coordinador y/o orientador escolar realizarán la verificación para constatar si la solución fue efectiva o se procede a seguir con el protocolo de situaciones tipo II. Se dejará constancia del informe de seguimiento en el acta de reunión del Comité Escolar de Convivencia y en el observador del estudiante.
  5. Evaluación
    Es un proceso de auto reconocimiento y verificación de acciones ejecutadas que se verificarán en la autoevaluación de los implicados y los informes del Comité Escolar de Convivencia y de orientación escolar.

Debido Proceso.

Se ha establecido procesos de formación y concientización que pretenden hacer reflexionar a los estudiantes, padres de familia y acudientes para que actúen según una filosofía y principios institucionales.

Para garantizar el derecho del estudiante a un debido proceso, a través de la comprobación de los hechos que le son imputados, a ser escuchado y atendido en sus descargos se seguirán los siguientes lineamientos:

  • Garantizar la confidencialidad, privacidad y la reserva en los procesos de los estudiantes.
  • Garantizar un trato justo, veraz e imparcial a cada estudiante y su caso en particular, partiendo de la presunción de inocencia y sinceridad del estudiante, hasta que se demuestre lo contrario.
  • Fomentar la responsabilidad de los estudiantes ante la libre acción.
  • Permitir que los correctivos determinados se apliquen con miras a fortalecer la formación integral del estudiante.
  • Buscar que los correctivos aplicados produzcan un cambio positivo en el comportamiento del estudiante tanto dentro como fuera de la Institución.

Etapas del Debido Proceso.

  1. Diálogo formativo y mediación en busca de compromiso: Será la primera acción para realizar por parte de los docentes o directivos asumiendo un papel de mediadores, cuando presencien o tengan conocimiento directo de una situación tipo I. En un diálogo personal y privado se analizarán las causas que motivaron a que se presente la situación y se establecerá el compromiso del estudiante para no reincidir, a través de correctivos de carácter pedagógico y formativo, este llamado no será registrado en el observador del estudiante. El mediador deberá evitar cualquier tipo de contacto físico y su vocabulario debe ir encaminado a la formación del estudiante.
  2. Llamado de atención verbal: Lo hará el coordinador de convivencia en consenso con el director de grupo cuando en forma personal o por información de terceros, obtenga conocimiento de que él estudiante ha reincidido en situaciones tipo I. El coordinador citará en forma privada al estudiante con su acudiente y les hará conocer la situación e inmediatamente le dará la oportunidad al estudiante de ser escuchado en sus descargos y procederá a hacer el llamado de atención verbal si hubiese lugar a ello y dejará constancia en un acuerdo escrito de mejoramiento. Como reparación la coordinación de convivencia junto con el director de grado podrá citar a uno o más estudiantes para cumplir con trabajos pedagógicos o tareas complementarias.
  3. Llamado de atención escrito: Cuando un estudiante ha pactado un acuerdo de mejoramiento por la ocurrencia de una situación tipo I y nuevamente reincide en actitudes que van en contra de los compromisos adquiridos, se continuará con un proceso disuasivo. Para tales efectos, la coordinación de convivencia citará al estudiante y su acudiente, les dará a conocer la situación y sus antecedentes, escuchará sus descargos y procederá a hacer el llamado de atención escrito si hubiese lugar a ello, dejando constancia en el observador del estudiante y pactando un acta de compromiso donde también los padres asuman la corresponsabilidad en la formación integral de su hijo.
  4. Seguimiento: Para continuar con el proceso disuasivo se citará al estudiante para que reciba asesoría con orientación escolar que contribuya a un adecuado manejo de la dificultad comportamental. Se dejará constancia del proceso por escrito.
  5. Resarcimiento de daños: Esta sanción se aplica a los estudiantes que causen daño material a los bienes y enseres de la Institución. En este caso el rector verificará el daño, citará a una reunión donde se escuchará los descargos de los implicados con la presencia de su acudiente y si hay lugar se concertará un pago económico que cubra los daños causados, de manera que se ejecute la reparación o reposición en su totalidad. Se dejará constancia de lo sucedido en un acta.
  6. Decomiso de artefactos electrónicos: Cuando a un estudiante se lo sorprenda haciendo uso de celular u otro aparato electrónico sin autorización durante el desarrollo de las clases, el docente podrá decomisar el artefacto electrónico. Este será entregado en coordinación donde se retendrá para ser devuelto personalmente al padre de familia o acudiente previa firma de un compromiso. Si el estudiante reincide en la falta se retendrá el artefacto electrónico hasta el final del año escolar.