Personero de los Estudiantes

Es el estudiante encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los demás estudiantes de la Institución consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. Será elegido entre los estudiantes que cursen el último grado que ofrece el plantel educativo.

El ejercicio del cargo del personero es incompatible con el representante de los estudiantes al Consejo Directivo.

Perfil del personero: Los estudiantes aspirantes a personero debe reunir las siguientes características:

  1. Demostrar capacidad de liderazgo propositivo y compromiso con su Institución.
  2. Presentar un destacado desempeño académico y comportamental. No haber sido sancionado disciplinariamente en ningún grado anterior.
  3. Demostrar en cada actividad escolar un alto grado de sentido de pertenencia, autogestión y dinamismo.
  4. Vivenciar los valores institucionales: respeto, honestidad, solidaridad, responsabilidad y tolerancia.
  5. Ser un promotor y defensor de las normas estipuladas dentro del Manual de Convivencia escolar.
  6. Que al postularse como candidato a la personería estudiantil sea quien haya obtenido la mayoría de votos de parte de sus compañeros de curso.

Proceso de elección del personero

Dentro de los treinta (30) días siguientes al inicio de labores académicas, se convocará a los estudiantes matriculados para que mediante el sistema de voto secreto y mayoría simple elijan el personero estudiantil.

La organización del proceso electoral del personero estudiantil estará a cargo del jefe de área de Ciencias Sociales, quien contará con el apoyo de los profesores de dicha área los que a su vez tendrán en cuenta:

  1. Organizar la selección de los candidatos en los cursos del grado undécimo, entre los estudiantes que tengan el perfil y requisitos necesarios para desempeñar este cargo.
  2. Organizar la presentación los planes de gobierno con las propuestas de trabajo de cada uno de los candidatos a la comunidad educativa.
  3. Establecer el cronograma electoral y posterior presentación del personero elegido a la comunidad educativa.
  4. Organizar la jornada electoral que contemple puestos de votación, designación de jurados de votación y proceso de escrutinio.

Revocatoria del mandato del personero (a): Una vez que el estudiante sea posesionado como personero estudiantil deberá cumplir con las propuestas de su plan de gobierno escolar con el apoyo y direccionamiento del director de grado y el área de Ciencias Sociales, dichas acciones serán evaluadas periódicamente. El no cumplimiento de las propuestas y funciones de personería puede desencadenar en un proceso de revocatoria del mandato que se llevará a cabo hasta el segundo período.

Funciones del personero: Remitirse al Manual de Funciones institucional.